Todos los países participantes en el Grupo Australia son Estados Partes en la Convención de Armas Biológicas y Toxínicas (CABT), en vigor desde 1975. Estos países también se han preocupado de consolidar el régimen establecido en dicho Tratado, mediante un alto nivel de participación en las medidas de fortalecimiento de la confianza acordadas en las sucesivas conferencias de revisión celebradas en el marco de dicha Convención, y, más recientemente, mediante negociaciones en el seno del Grupo Ad Hoc de Estados Partes, dirigidas a elaborar un protocolo jurídicamente vinculante que sirva de refuerzo a la mencionada Convención.
El artículo I de la Convención de Armas Biológicas y Toxínicas prohibe a los Estados Partes desarrollar, producir, almacenar o adquirir o conservar de otro modo agentes biológicos y toxinas, o armas y equipos biológicos afines. El artículo III de la Convención obliga a los Estados Partes a impedir la transferencia de materiales que puedan utilizarse en la fabricación o contribuir a la adquisición de cualquier forma de armas biológicas. Al mejorar la eficacia de las medidas nacionales de regulación de las exportaciones, las actividades del Grupo Australia contribuyen a impulsar los objetivos y metas de la Convención de Armas Biológicas y Toxínicas.
Los participantes en el Grupo Australia instan a todos los países para que adopten las medidas necesarias con el fin de asegurarse de que ni ellos ni sus industrias contribuyen a la proliferación de las armas químicas y biológicas. Las medidas reguladoras de las exportaciones son un indicativo de la determinación de los países del Grupo Australia de evitar cualquier implicación en la proliferación de estas armas, conculcando lo dispuesto en el derecho y la normativa internacionales.